fbpx

Ahora Hacienda va contra Romero Deschamps y su familia

*** La SHCP habría presentado una demanda por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero contra Romero Deschamps

romero2

Ciudad de México, 23 de julio 2019.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público habría presentado ante la Fiscalía General de la República dos denuncias contra el líder del sindicato petrolero, Carlos Romero Deschamps.

De acuerdo con el diario Reforma, la demanda fue presentada por la Unidad de Inteligencia Financiera  de Hacienda por los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

En la acusación estarían incluidos seis familiares de Romero Deschamps: su esposa Blanca Rosa Durán, sus hijos Paulina, Alejandro y Juan Carlos, su nuera María Fernanda Ocejo y una de sus sobrinas.

Fuentes citadas por el rotativo dijeron que la UIF “reporta depósitos, operaciones con cheques y transferencias a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) realizadas entre los familiares de Romero, sin que se justifique el origen y destino del dinero”.

Según el diario, hasta el momento la FGR no ha citado a declarar a ninguna de las personas denunciadas.

Este martes, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, se refirió a la investigación que reporta Reforma en contra de Carlos Romero Deschamps. El mandatario dijo que no tiene información, pero añadió que instruyó que “todo lo que implique un delito, se denuncie, sea quien sea”.

Juez otorgó suspensión definitiva contra cualquier orden de aprehensión

El 8 de febrero, un juez federal otorgó la suspensión definitiva contra cualquier orden de aprehensión en contra de Romero Deschamps, ya sea a nivel federal o de fuero común.

La decisión fue tomada por el juez primero de distrito con sede en Naucalpan, Aurelio Damián Magaña, cuya determinación contra cualquier posible orden de aprehensión contra el también exsenador priista aplica a nivel federal o del fuero común.

La protección se dio porque el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, así como el Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya no le quisieron informar si efectivamente existía esa orden de captura.

El juez se basó en el artículo 142 de la Ley de Amparo, el cual, afirma, le obliga a considerar como presuntamente existente la orden de aprehensión o cualquier acto reclamado, cuando las autoridades no le rinden un informe previo para precisar esa información.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Powered by WordPress.com.

Up ↑

Descubre más desde El Demócrata

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo