
Ciudad de México.- Los puentes y los días de descanso oficiales para el 2020 de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo serán los siguientes:
Miércoles 1 de enero. Por festividades de inicio de año.
Lunes 3 de febrero. Por el Día de la Constitución Mexicana (5 de febrero).
Lunes 16 de marzo. Conmemoración del natalicio de Benito Juárez (21 de marzo).
Viernes 1 de mayo. Conmemoración del Día del trabajo.
Miércoles 16 de septiembre. Conmemoración del Día de la Independencia de México.
Lunes 16 de noviembre. Conmemoración del inicio de la Revolución mexicana (20 de noviembre).
Viernes 25 de diciembre. Por festejos de Navidad.
Días festivos que no son de descanso obligado
Mientras que estos días, no son de descanso obligatorio, sin embargo, algunos “patrones” lo dan de día de descanso, y tampoco está obligado a hacer ningún pago extra si se trabajan.
Jueves Santo
Viernes Santo
Domingo de Resurrección
Conmemoración de la Batalla de Puebla
Día de la Madre
Día del Padre
Día de Muertos
Día de la Virgen de Guadalupe
Noche Buena

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