CARTAS DE CHAUL
Por Leonel Chaul Chamut

¿Y de quién debemos defender la constitución?, del individuo que constantemente, en los últimos casi seis años de su gobierno, se ha dedicado a violarla, habiendo jurado en su toma de protesta, defenderla, y a las leyes que de ella emanan.
El Presidente del Poder Ejecutivo, Andrés Manuel López Obrador durante su mandato ha ignorado que: cada estado de la república forma parte del pacto federal de los Estados Unidos Mexicanos, y estos tienen por derecho intransferible su propio congreso, su propia legislación, sus propias leyes emanadas de este.
Cada estado, tiene su propio poder legislativo, ejecutivo y judicial por necesidad, porque existen diferentes conveniencias en cada entidad federativa; porque lo que es de beneficio en su entidad o región, como por ejemplo a los sonorenses, no lo es para los tabasqueños, o a los coahuilenses; entonces, no es apropiado que con las mismas instituciones, gobiernos y leyes locales, se gobiernen a los habitantes de Sonora, Tabasco o Coahuila.
Nuestro sistema federal, permite a cada estado, darse así mismo leyes afines a sus costumbres, a sus localidades, por idiosincrasia y demás circunstancias, para que con ellas los gobiernos estatales puedan dedicarse a la mejoría de todos los ramos de prosperidad de su propia entidad.
El sistema federal, es un sistema político de derecho de gentes, es la alianza de estados libres soberanos e independientes, que sin perder sus atributos se reúnen bajo un pacto común para proveer a su interés general.
Son estados soberanos e independientes para administrarse y regirse por sí mismos, puesto que nadie mejor que ellos puede hacerlo con mayor interés ni con mayor acierto; pero manteniéndose unidos por el vínculo indisoluble de federación.
Cada estado es independiente y tiene las facultades amplísimas de establecer libremente su administración, tanto en los ramos legislativo, ejecutivo y judicial, y en los términos establecidos por sus constituciones particulares, sin contravenir las estipulaciones de la constitución federal. por otra parte, el deber de la federación es dar protección a los estados, a petición de su legislatura o de su gobernador.

Así, usted, AMLO como presidente del Poder Ejecutivo federal no es presidente del Poder Legislativo, así mismo no es el presidente del Poder Judicial, y usted anticonstitucionalmente a mancillado, atropellado nuestra Constitución violando a los tres poderes de la Unión y la soberanía del pacto federal.
Por si lo ignora: ¡soberanía!, es la capacidad de un pueblo para establecer su sistema de gobierno, su vida administrativa y la forma de elegir a sus gobernantes, por lo tanto, nuestra Constitución General de la República lo obliga, totalmente, a respetar la soberanía de los tres poderes de la Unión, y de los estados de la Unión.
Mexicanos, somos una república, representativa, democrática y federal, que ejerce su soberanía por medio de los poderes de la Unión en los casos de su competencia, y los de los estados, en lo que toca a sus regímenes internos.
Mexicanos, debemos saber, que nuestro país se divide internamente en estados libres y soberanos, con su régimen interior; pero unidos por un pacto federal, según los principios constitucionales.
¿Por qué se dice pacto federal?, porque nuestra nación se compone de varios estados, que conservan su soberanía interior.
Mexicana; nuestra Constitución está constituida por los tres poderes de la Unión, y nuestro pacto federal, y estos son muy claros en las facultades que les otorgan los artículos de la Constitución, refiriéndose a las facultades de cada uno de los tres poderes: el ejecutivo, legislativo, y judicial.
Mexicanos especialmente nuestra Constitución en su artículo 99, refiriéndose al Poder Judicial, otorga que el Tribunal Electoral será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia, y órgano especializado del Poder Judicial de la federación.
Que las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos político electorales de los ciudadanos factibles de votar, y ser votados, y de afiliación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del país, en los términos que señalen la Constitución y las leyes; con excepción de los dispuesto en la fracción ii del art. 105.
Por lo que el Poder Ejecutivo, Sr. Presidente, no podrá intervenir, por no tener facultades constitucionales.
El artículo 105 constitucional refiere que la Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá en los términos que señale la ley de las controversias constitucionales que, con excepción a lo que se refiera en materia electoral, se susciten entre la federación y un estado.

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