Alarga TEEC la agonía de Luis Fernando Salazar; envía su caso a la Sala Regional del TEPJF

Saltillo, Coah., 27 de abril 2021.- El Tribunal Electoral de Coahuila declaró improcedente, por falta de competencia para reconocer los medios de impugnación presentados por Luis Fernando Salazar, para que fuera reconsiderado su derecho a ser candidato de Morena  por el municipio de Torreón y remitió el caso a la Sala Regional del Tribunal Federal Electoral.

Esa autoridad es la competente para resolver este tipo de casos en definitiva la procedencia del asunto de Luis Fernando Salazar  y por ello se reencausó el caso, acción que fue aprobada por los magistrados Elena Treviño Ramírez,  Carla Verónica Félix Neira y Sergio Díaz Rendón.

Con su fallo, los magistrados dieron la razón a los acuerdos del IEC identificados como IEC/CMETOR/009/2021 Y Acuerdo INE/CG383/2021 y como IEC/CMETOR/021/2021 Y Acuerdo INE/CG294/2021.

Los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (JDC) fueron promovidos por Salazar Fernández luego de que el IEC le negó que ser registrado como candidato a la alcaldía de Torreón, para poder realizar campaña.

El pasado 19 de abril de 2021, el aspirante a participar en la contienda por la Presidencia Municipal de Torreón por Movimiento de Regeneración Nacional presentó ante el Comité Municipal Electoral de Torreón un oficio mediante el cual solicitó la revocación del Acuerdo IEC/CMETOR/009/2021, de fecha 03 de abril de 2021, emitido por el referido órgano, mediante el cual determinó negar la solicitud de registro de la planilla encabezada por él.

La negativa se formuló en cumplimiento del acuerdo aprobado por el Consejo General del INE, de fecha 25 de marzo de 2021 e identificado como Resolución INE/CG294/2021, mediante el cual dicho órgano decidió, entre otras cosas, sancionar a Luis Fernando Salazar Fernández con la cancelación de su registro como candidato a Presidente Municipal de Torreón.

Los magistrados del Tribunal que preside Sergio Díaz Rendón determinaron que la petición de Salazar es improcedente y manifestaron que el caso debe ser reencauzado a la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que es la autoridad competente.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Ofrecido por WordPress.com.

Subir ↑

Descubre más desde El Demócrata

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo